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REVISTA INFOANEAC N. 27

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Aneac

  

Archivo de la categoría ‘Información Oficial’

Acuerdo  entre Aneac y Cepsa.

Publicamos los precios del combustible de la semana del 26 de Julio al 1 de Agosto del 2010, pulsa en el siguiente enlace para ver el documento asociado.

precioenvioindividual 26 julio al 1 de agosto

Cada semana se actualizaran los precios puesto que el precio del barril cambia por semana.

Estos precios variaran en función de los asociados implicados en estas ofertas de carburantes y provincias.

Interesados ponerse en contacto con la Asociación en el 91 761 35 80 o en aneac@aneac.com

* Precio Fianal hay que dividirlo por 1000 y sumarle el I.V.A
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

 

Según el informe “Visión y Seguridad Vial”, el 11 por 100 de los conductores ha sufrido alguna situación de riesgo por problemas de visión mientras conducía y el 17 por 100 de los conductores nunca ha acudido a una revisión óptica.

El 90% de la información que recibe el conductor proviene de su capacidad visual. Por ello, con el objetivo de formar y concienciar a los conductores sobre la importancia de la visión y la seguridad vial, la Fundación Alain Afflelou y RACE han puesto en marcha la campaña “Cuida tus ojos, ellos también conducen”. En el marco de esta campaña, ambas instituciones han elaborado el informe “Visión y Seguridad Vial” en el que se revela, entre otros datos, que el 11% de los conductores ha sufrido alguna situación de riesgo por problemas de visión mientras conducía. Alertar sobre los problemas visuales y promover la revisión periódica de la salud visual para mejorar la seguridad al volante, es lo que promueven RACE y la Fundación Alain Afflelou con esta campaña. 

Según datos de la DGT, hasta el 5% de los accidentes de tráfico provocados por causas de tipo médico pueden tener su origen en problemas visuales. Además, el informe realizado por el RACE y la Fundación Alain Afflelou “Visión y Seguridad Vial”, en el que se analizan los factores de riesgo que se pueden determinar en función del individuo y del entorno, concluye que el 11% de los conductores españoles (lo que significa más de 2.750.000) ha sufrido alguna situación de riesgo por problemas de visión al volante.

Los factores de riesgo de la visión y la conducción pueden ser internos o externos. En el caso de los internos podemos hablar de tres factores que influyen: la edad, el estado psicofísico del conductor y la salud visual. En función de la edad, los informes demuestran como las personas de más de 55 años de edad suelen presentar un mayor error en la percepción de profundidad a causa de deslumbramientos, junto a otros síntomas como la adaptación a la oscuridad, la percepción espacial o la visión cromática. Si tenemos en cuenta el estado psicofísico del usuario, la fatiga o la ingesta de sustancias pueden afectar a la capacidad visual. La somnolencia, la ingesta de alcohol o la toma de ciertos medicamentos pueden afectar en el rendimiento visual del individuo, siendo importante su prevención.

En el tercer de los factores, la salud visual, engloba los problemas de visión más comunes entre los conductores, tales como la miopía, el astigmatismo, la hipermetropía, la visión binocular, el estrabismo, el glaucoma o las cataratas. Circular con una mala salud visual provoca numerosas consecuencias, entre las que se pueden citar las siguientes:

- Aumenta el cansancio

  •  Aumenta el error en el cálculo de distancias y velocidades
  •  Empeora la percepción y legibilidad de las señales de tráfico
  •  Aumenta el riesgo de distracciones
  •  Crea inseguridad al volante

 

Entre los factores externos de riesgo para la conducción, uno de los elementos que mayor incidencia tiene en la siniestralidad es la iluminación, hecho que puede verse incrementado por problemas de visión. Durante la noche se produce una menor intensidad en el tráfico con respecto al día, sin embargo, en la franja horaria de 20.00 horas a 8.00 h se producen el 38% de los accidentes mortales. Así mismo el índice de gravedad de los accidentes es mayor en horas de baja luminosidad: por la noche se producen 4.2 fallecidos por cada cien accidentes, durante el día el ratio de fallecidos por accidente disminuye hasta el 2.9.

¿Cómo afectan estos problemas entre los conductores?. Para saber más de su incidencia en la población de conductores, el RACE y la Fundación Alain Afflelou preguntaron a más de 2.400 usuarios.

Informe “Visión y Seguridad Vial”

El informe “Visión y Seguridad Vial” revela que el 45% de los conductores ha sido diagnosticado de un problema de visión. Entre ellos, los problemas más comunes son miopía (38%), astigmatismo (29%), presbicia (19%) e hipermetropía (8%).

Entre los datos que contiene el informe, el 57% de los conductores encuestados a los que se les ha diagnosticado un problema de visión está obligado a llevar lentes correctoras al volante, hecho que queda recogido mediante un código en su permiso. En este sentido, el RD 818/2009 regula y establece la utilización de las lentes correctoras en la conducción, obligatoriedad recogida en el informe de aptitud psicofísica tanto para obtener como para prorrogar la vigencia del permiso o la licencia de conducción. Sin embargo, el 74% de los conductores encuestados con problemas de visión lleva gafas o lentes de contacto al volante, lo que demuestra la importancia de las revisiones periódicas, ya que de esta forma se pueden detectar la posible aparición de problemas visuales sin necesidad de esperar a renovar el carnet.

En cuanto a las situaciones que provocan una mayor fatiga visual, el 32% de los conductores españoles reconocen que conducir con niebla es lo que más les fatiga, seguido de la conducción con el sol de frente (un 30%), conducir con lluvia intensa (un 16%) o conducir por la noche (un 12%).

Por último, en cuanto a las revisiones, el 34% de los conductores encuestados reconoce que acude a revisarse la vista en el óptico menos de una vez al año y un 17% confiesa que no se ha hecho una revisión nunca. Por el contrario, un 43% de los conductores se revisa la vista una vez al año, periodo recomendado por los especialistas. Si la visita es al oftalmólogo, el porcentaje de quienes retrasan su visita más de un año asciende hasta el 39% de usuarios.

Para más información, pulse el siguiente enlace:

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El Plan de Inspección de Transporte por Carretera a efectuar en el presente año dedica especial atención a las manipulaciones del tacógrafo y al limitador de velocidad, al control de tiempos de conducción y descanso y al control sobre el transporte de mercancías peligrosas. En el número anterior de FTP ya desarrollamos el apartado que este Plan dedica a las manipulaciones del tacógrafo y en el limitador de velocidad. En el presente número nos centraremos en el control de los tiempos de conducción y descanso.

CONTROL DE TIEMPOS DE CONDUCCIÓN Y DESCANSO

El propio Reglamento (CE) nº 561/2006, en su exposición de motivos, establece que son tres los objetivos perseguidos por dicha normativa: la igualación de las condiciones de concurrencia entre las empresas de transportes; la mejora de las condiciones sociales de los conductores y la mejora de la seguridad vial.

Es por ello, por lo que el control de los tiempos de conducción y descanso debe convertirse en uno de los objetivos prioritarios de la Inspección del Transporte y de las Fuerzas encargadas de la vigilancia del transporte por carretera.

Respecto al control de las jornadas de trabajo de los conductores profesionales, el mismo viene impuesto por  imperativo legal, en el artículo 3 de la Directiva 2006/22/CE de Parlamento y del Consejo de 15 de marzo de 2006 sobre las condiciones mínimas para la aplicación de los Reglamentos del Consejo (CE) nº 561/2006 y (CEE) nº 3821/85, donde establece el número mínimo de las jornadas de trabajo que se deben controlar.

La citada Directiva obliga a controlar al menos el 3% de las jornadas de trabajo que se produzcan en cada uno de los estados miembros en el sector del transporte por carretera a partir del día 1 de enero de 2010. A estos efectos en nuestro país tendríamos que analizar aproximadamente algo más de 3.300.000 jornadas de trabajo para dar cumplimiento a esta Directiva.

También esta Directiva exige como novedad que, al menos un 50% de de las jornadas de trabajo se controlen en la sede de las empresas, por lo que el esfuerzo a realizar por las Administraciones competentes deberá redoblarse si se quiere cumplir con los objetivos marcados a nivel europeo que aproximadamente representarían 1.600.000 jornadas.

En carretera, deberá priorizarse el control sobre los vehículos pesados autorizados para realizar transporte nacional o internacional. Este tipo de control se efectuará tanto a vehículos españoles como a vehículos extranjeros.

Se decretará la paralización del vehículo en los casos recogidos en el artículo 143.3 del la LOTT.

En los supuestos en que las fuerzas encargadas de la vigilancia en carretera, tuvieran sospechas de incumplimientos en esta materia por parte de empresas, que no puedan comprobar en carretera, lo pondrán en conocimiento del los órganos de inspección del transporte de la Comunidad Autónoma donde presten servicio.

Para facilitar este control, en aquellos supuestos en que se deban analizar registros procedentes de un tacógrafo digital, y para cumplimentar a la Directiva 2006/22/CE de Parlamento y del Consejo de 15 de marzo de 2006 sobre las condiciones mínimas para la aplicación de los Reglamentos del Consejo (CEE) nº 3820/85 y (CEE) nº 3821/85, se ha proporcionado a las fuerzas encargadas del control y la vigilancia del transporte de unos equipos capaces de transferir y analizar los datos contenidos en las memorias de la unidad instalada en el vehículo y en la tarjeta de
conductor que vendrán a ser sustituidos por las nuevas herramientas que entrarán en funcionamiento a principios del año 2010.

En todo caso, como quiera que, del análisis en carretera de las actividades de los conductores, no se puede detectar la totalidad de las infracciones que se pueden cometer en materia de tiempos de conducción y descanso, y a mayor abundamiento lo viene demandando la propia Directiva 2006/22/CE, al incrementar el número de jornadas de trabajo a controlar en los locales de las empresas, se hace preciso incrementar este tipo de inspección a fin de verificar si se cumple esta normativa.

En las inspecciones en empresas se priorizará el control en aquéllas que sean titulares de vehículos pesados provistos de autorización para efectuar transporte nacional o internacional.

Se dará también prioridad a la inspección de aquellas empresas sobre las que haya algún tipo de denuncia, relativa al incumplimiento de esta materia, proveniente de asociaciones profesionales, organizaciones sindicales, órganos encargados de la vigilancia del transporte en carretera, organismos de inspección,empresas, particulares, etc.

El período a controlar en las empresas será, por regla general, de 45 días, pudiendo ser incrementado a criterio del órgano de inspección actuante cuando aquéllas hayan sido sancionadas de forma reiterada o se haya detectado alguna manipulación del tacógrafo en los vehículos. Se controlarán todo tipo de empresas con independencia de la dimensión de las mismas.

En el desarrollo del control, en empresas se comprobará que los conductores objeto del mismo, se encuentran dados de alta en Seguridad Social en el epígrafe correspondiente. En el caso de que se detecten conductores en situación irregular, se dará traslado al órgano competente de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social acompañando, en su caso, la documentación que acredite el incumplimiento.

En el supuesto de que en un control a una empresa se levanten actas de notoria gravedad (aquéllas de las que se pueda desprender un exceso de horas sobre el máximo de jornada laboral autorizado) se dará cuenta de ello al órgano competente de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Cuando se detecten en una empresa infracciones de carácter grave o muy grave, en el menor plazo posible, se repetirá la inspección a la empresa para comprobar que ha modificado su conducta.

Fuente:Etrasa

El pasado 5 de julio se celebró en Bruselas la Asamblea General de la Unión Europea de Transporte por Carretera (UETR), organización que agrupa a 185.000 pymes de transporte por carretera de todos los países miembro, para analizar la situación del Sector, las diferentes medidas dictadas a nivel europeo y las actuaciones realizadas y a ejecutar por la organización.

La Asamblea General ha analizado la tramitación en el Parlamento Europeo de la modificación de la Directiva europea sobre limitación de los tiempos de trabajo en el sector del transporte que finalizó el pasado 15 de junio con la votación favorable a la inclusión de los autónomos en el ámbito de dicha Directiva, lo que va a suponer un fuerte impacto económico en el nivel de renta de las pequeñas empresas. Para la UETR, “la votación aprobada en el Parlamento Europeo no tiene por finalidad mejorar la seguridad vial, sino simplemente limitar la actividad de los autónomos, lo que se considera absolutamente irracional por ir en contra de los principios de libre empresa y de eliminación de trabas administrativas para el desarrollo de la actividad de los autónomos emprendedores, e incongruente por ser el único sector de la actividad económica en que los autónomos tienen restringida su actividad”.

En este sentido, la Asamblea ha acordado que las diferentes organizaciones nacionales que componen la UETR se dirijan personalmente a cada uno de los eurodiputados nacionales que han votado a favor de la inclusión de los autónomos en la Directiva denunciando su decisión por las consecuencias negativas que supondrá para los autónomos del transporte.

Asimismo la Asamblea ha acordado apoyar la iniciativa promovida la semana pasada por seis países  europeos (en concreto Reino Unido, Alemania, Finlandia, la República Checa, Holanda y Suecia) de instar a la Comisión Europea que promueva un nuevo proyecto de modificación de la Directiva europea que contemple la exclusión de los autónomos.

Armonización de las sanciones
Por otra parte, la Asamblea ha analizado el Informe del Parlamento Europeo sobre armonización de las sanciones por infracciones en el sector del transporte por carretera aprobado el pasado mes de abril, y que responde a una de las reivindicaciones planteadas por la UETR en su Congreso Internacional celebrado en Bruselas en marzo del pasado año. En dicho informe se constata la existencia de diferencias sustanciales entre los Estados miembros, que afectan no sólo al importe de las multas, sino también a los tipos infractores y a la clasificación de la gravedad de las sanciones.

La UETR ha acordado participar con la Eurodiputada austríaca ponente de dicho informe, Hella Ranner, en la posible elaboración de una propuesta de Directiva europea de armonización de las sanciones en el sector del transporte por carretera, que contribuya a mejorar la uniformidad de los controles y evite la distorsión de la competencia entre los Estados miembros.
Por último, la Asamblea General ha renovado los miembros del Consejo de Administración de la UETR para los próximos cuatro años, resultando elegidos los siguientes: Presidente: Francesco del Boca (Confartigianato, Italia), vicepresidente: Julio Villaescusa Izquierdo (Fenadismer, España), secretario general: Marco Digioia (Confartigianato, Italia), y vicesecretario general: Lode Verkinderen (TLV, Bélgica).

Fuente: fenadismer.es/Etrasa